Antecedentes

La ASOCIACIÓN PPP fue constituida por imperio del Decreto 2066/99 del Gobierno de la Provincia, que reglamentó el Programa de Propiedad Participada del Sector Eléctrico Provincial, creado por la Ley Provincial Nº 6498.

La Dirección de Personas Jurídicas mediante Resolución Nº 1181 del 06/12/1999 autorizó su funcionamiento como persona jurídica y aprobó el Estatuto Social de la Asociación, el que fue modificado por la asamblea del 25/08/2005, aprobada dicha modificación por Resolución Nº 1053 del 29/06/2006.

Su domicilio actual es en calle Ing. Cipolletti  Nº 911, Casa 8, Bº Central San Martín, Luján de Cuyo, Mendoza.

Principales funciones de la Asociación P.P.P

  • Transferir a los trabajadores las acciones clase D de EDEMSA, clase D de EDESTE SA. y clase B de GEMSA. La venta de las acciones las realiza por cuenta y orden de la Provincia de Mendoza según mandato protocolizado en el Registro Notarial nº 138 de Capital, el día 9/12/99.
  • Administrar los Fondos de Recompra de EDESTE SA., EDEMSA y GEMSA.
  • Comprar las acciones de los trabajadores que estén obligados a vender las acciones.
  • Vender acciones del PPP a los nuevos trabajadores de EDEMSA, EDESTE SA. y GEMSA.

Características Generales del Programa de Propiedad Participada

El Programa de Propiedad Participada nace como consecuencia de la privatización de Energía Mendoza. Es un programa que tiene las características de ser poseedor del 10% de las acciones de EDEMSA, el 10% de las acciones de EDESTE, empresa distribuidora de San Martín y el 10% de GEMSA.

Pero su principal característica de este Programa es que aglomera todos los empleados que estaban en julio de 1998 en Energía Mendoza. Esta es la diferencia que existe con YPF o con otras empresas.

¿Cómo se dieron esas acciones? En distinto porcentaje a las personas con retiro voluntario, que generalmente eran no transferidos, y en otro porcentaje a los no transferidos. Los no transferidos son aquellos que quedaron trabajando en las empresas eléctricas: EDEMSA, EDESTE y GEMSA

En otros programas de propiedad participada, se les dieron gratuitamente las acciones y en otros, como la Asociación P.P.P., se fijó un canon para el pago de esas acciones.

Ahora bien, qué diferencia tiene este Programa con respecto a otros similares a nivel nacional? Que en otros Programa no hay tiempo de caducidad de estas acciones. Estas acciones se pagan no del bolsillo de los empleados sino de las utilidades que generen las empresas. Así, como sabemos que las utilidades que generan las empresas, en la mayoría de los casos, son escasas o bien en los primeros años no hay utilidades debido al plan de inversiones que realizan estas empresas o están comprometidas a realizar, este programa estableció con un límite de tiempo para la cancelación de esas acciones. Este límite de tiempo se fijó en 12 años desde la creación de las empresas privatizadas.

En el caso de que la empresa no hubiera generado la cantidad de utilidades necesarias como para que el Programa alcanzara a cubrir ese 10% de acciones ante el Gobierno, que es de quien se ha tomado el préstamo, se cancelarían automáticamente. Es decir no habría deuda posterior al 2010. Todo el mundo pasaría a ser poseedor de esas acciones, canceladas.

Este Programa posee también otra característica: todos aquellos que tienen acciones producto de su jubilación o como parte de su jubilación, pueden venderlas siempre y cuando estén canceladas.

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